“La información como herramienta para construir una opinión”

“El ex intendente Oscar Jorge fue quien promulgó el ingreso de las multinacionales”. Félix Villatoro, concejal U.C.R.

 

En el año 2000 se sancionó la ordenanza n° 2592 la cual establecía los requisitos para la radicación de las estructuras de soporte, antenas y equipos complementarios para servicios de comunicaciones. La misma establece y describe los requerimientos que se deben cumplimentar:
. urbanísticos (medidas, según distritos, y predios, art. 2°)
. legales (art. 3°)
. técnicos (art.4°)
Para adquirir así el certificado de prefactibilidad primeramente para cumplimentar tramites a nivel nacional, y luego el de factibilidad de localización correspondiente (art. 5° y 6°). Desde la fecha de su promulgación, dicha ordenanza dio lugar a la instalación de más de una decena de antenas en nuestra ciudad.
Hace dos semanas se promulgó la tan discutida modificación. En la misma se introducen cambios significativos como:
. Se permitirá la instalación de estructuras de soporte, antenas y equipos complementarios en los ESPACIOS PÚBLICOS pertenecientes a la Municipalidad de Santa Rosa, que sean iguales o superiores a 8.000 mts2, previo análisis y autorización fehaciente de la autoridad de aplicación. “La superficie de espacio público a arrendar NO DEBERÁ SUPERAR EL 2 % DE LA SUPERFICIE TOTAL DEL PREDIO.”
. Identificación visible desde el exterior de las estructuras con el nombre de la empresa a la cual pertenecen.
. Se establece un plazo de 90 días desde la obtención del certificado de prefactibilidad para cumplimentar todos los requisitos detallados en la ordenanza. De no lograrlo, caduca dicho certificado debiendo el interesado reanudar la tramitación de la renovación.
. Se autoriza al Ejecutivo a firmar convenios de arrendamiento de espacios públicos propiedad de la municipalidad de Santa Rosa destinados a la instalación de soportes, antenas y equipos complementarios. Las locatarias firmantes deberán realizar obras de mejoramiento, obras que disminuyen el impacto visual, prestación de internet inalámbrico, mantenimiento, e iluminación del espacio público arrendado.
. Se reestablece la autoridad de aplicación a la Dirección de obras particulares y Catastro y la Dirección de Planificación y Proyectos, o las que en el futuro las reemplacen.
. Se incorpora en la Ordenanza Tarifaria el valor a abonar por uso de espacios públicos municipales, se calculará por m2 y de manera mensual.
La realidad nos demuestra que las telecomunicaciones se han convertido en una herramienta para nuestra vida diaria, llamativamente la promulgación de la modificación a la ordenanza ° 2592/2000 hizo aparecer en escena disertantes de distintos sectores.
Desde mi papel de concejal, es mi deber abogar por el bienestar de los vecinos, los cuales creo están amparados con los requerimientos que se exigen en la normativa. Como parte del movimiento cooperativista, considero que la reglamentación de la citada norma debe prever, en consonancia con la Constitución Provincial, la prioridad al cooperativismo, tal como ha ocurrido con otras cesiones dentro del espacio público municipal.
Estos son los hechos, la ordenanza y la modificación, reitero, la información es el mejor instrumento para construir una congruente opinión.