"No se puede estimular la anarquía hídrica y premiar la no constitución de los comité de cuenca".

Francisco Torroba recordó un proyecto presentado en el Congreso Nacional en 2016.

El electo diputado provincial radical Francisco Torroba respaldó el reclamo de La Pampa ante la avanzada del gobierno de Mauricio Macri en favor de Portezuelo del Viento, al sostener que con el otorgamiento de más 1.000 millones de dólares para que Mendoza avance con la obra: «Nación estimula la anarquía hídrica y premia la no constitución de los comité de cuenca», dijo Torroba, que a la vez dejó en claro que «no se trata de ideologías partidarias», dado que «es un tema que siempre nos preocupó y en lo particular me ocupó».
En declaraciones al portal www.dosbases.com,ar, y en LU 33, Torroba recordó que durante su paso por el Congreso Nacional presentó un proyecto sobre el Régimen Ambiental de Aguas, en el que solicitó -expresamente- que el gobierno nacional no financie obras o actividades en ríos interjurisdiccionales, y menos si no está establecido el Comité de Cuenca.

«Esto no es nuevo y lo veníamos anticipando. Lo que se logra con esto es estimular la anarquía y es contra lo que luché en lo personal en el Congreso, incluso con la adhesión del hoy electo gobernador Sergio Ziliotto», contó Torroba en diálogo con dosbases.

El electo diputado es la primera vos de Cambiemos (y radical) disonante tras el impacto que generó en La Pampa el anuncio del gobernador mendocino, Alfredo Cornejo, que suscribió un convenio con los ministros nacionales Rogelio Frigerio (Interior) y Nicolás Dujovne (Economía) por el que percibirá 1.023 millones de dólares para que Mendoza licite y se pueda continuar con el proyecto de la obra de Portezuelo del Viento. «Sigo insistiendo como lo hice en su momento, es necesario prohibir al Estado nacional financiar obras hídridcas interprovinciales sin que estén aprobadas por los comité de cuenca. En el país existen 101, y sólo 3 funcionan», advirtió.

Torroba pidió en 2016 al Ejecutivo la reglamentación de la Ley 25.688 sobre “Régimen de Gestión Ambiental de Aguas” según lo establece el artículo 9 de dicha norma. En los fundamentos de la iniciativa solicitó el ordenamiento de las cuencas hídricas existentes en el país. Poco después sumó otro proyecto en torno a la misma ley, pero en este caso pidiendo la inclusión de dos artículos que prohiben expresamente el financiamiento de obras a provincias cuando el río sea interjurisdiccional.

El proyecto presentado dice textualmente:
El Senado y Cámara de Diputados...

Artículo 1°: Incorpórese a la ley 25.688 el siguiente artículo:
“Artículo 6° bis: El Estado Nacional no podrá financiar emprendimiento y/o actividades que signifique la utilización del agua en los términos del art. 5° de la presente Ley, sin contar con la aprobación previa del Comité de Cuenca Interjurisdiccional que establece el artículo 6°”
Artículo 2°: Incorpórese a la ley 25.688 el siguiente artículo:
“Artículo 6° ter: El Poder Ejecutivo Nacional a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas, no autorizará empréstitos o endeudamientos internacionales por parte de los Estados Provinciales, que tengan como objeto la utilización del agua en los términos del artículo 5° de la presente Ley, sin contar con la aprobación previa del Comité de Cuenca Interjurisdiccional que establece el artículo 6°”
Artículo 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.-

FUNDAMENTOS

Señor presidente:

Han transcurrido 13 años desde la sanción de la Ley 25.688 y no se ha avanzado en la conformación de los Comités de Cuencas Interjurisdiccionales que permitan administrar las cuestiones sociales, económicas y ambientales de las diferentes cuencas.
En este período, el Estado Nacional, ha financiado obras sin exigir la conformación de los respectivos comités y sus correspondientes dictámenes.
Las presentes modificaciones, pretenden incorporar un cerrojo al financiamiento de obras por parte del Estado Nacional, que no cuenten con la autorización del Comité de Cuenca correspondiente.
De igual manera, se bloquea la necesaria autorización del Poder Ejecutivo Nacional para contraer endeudamiento internacional por parte de las Provincias, sin la previa autorización de los Comités de Cuencas correspondientes.
Es responsabilidad del Gobierno Federal, respetar la normativa vigente e incentivar la constitución de los necesarios Comités de Cuencas normados por la Ley 25.688.
Recuperar el pensamiento estratégico, con respecto al agua y su manejo, requiere una política de Estado encabezada por el Gobierno Nacional.
Por todo lo expuesto, solicito el apoyo de mis pares para dar aprobación al presente proyecto de ley.