La trata y la complicidad del Estado

 

Moderna forma de esclavitud

 

La decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Rosa de anular la investigación de la causa por trata de personas, abierta como consecuencia de la explotación en el prostíbulo “La Chicho Show”, constituye un hecho de enorme gravedad que involucra la responsabilidad del Estado por la impunidad generada, más aún por involucrar imputaciones a agentes públicos y fundarse en la presunta pérdida de material probatorio esencial.
La trata de personas con fines de explotación sexual, en cualquiera de sus modalidades, es una de las formas contemporáneas de la esclavitud, constituye una grave violación de los derechos humanos, es intrínsecamente abusiva y, producto de estas características, es incompatible con la dignidad y el valor de la persona humana.
El hecho de que la trata con fines de explotación sexual sea reconocida como una forma contemporánea de esclavitud no resulta una cuestión menor, pues con ello se reconoce que la víctima es cosificada y sometida a la más innoble degradación a que es capaz de descender un ser humano.
La legislación nacional y los instrumentos internacionales creados en la materia asumen a la explotación sexual como una violación compleja o múltiple de derechos humanos, pues se afectan, entre otros: el derecho a la vida; el derecho a la integridad psíquica y física; el derecho a no sufrir torturas ni tratamientos inhumanos, crueles o degradantes; la prohibición de la esclavitud y la servidumbre; el derecho a la personalidad jurídica; el derecho a la libertad y seguridad personales; el derecho a la libertad sexual; el derecho a desarrollar el propio plan de vida; el derecho a contraer matrimonio y a fundar una familia; el derecho a la libertad de tránsito y de residencia; el derecho a la libertad para elegir la actividad laboral; y el derecho al respeto de la vida privada y honra de la persona.
Además, la violación de derechos es en la mayoría de los casos continuada porque el explotador persigue un aprovechamiento económico duradero de la explotación sexual y genera una subyugación de la víctima que se prolonga desgarradoramente en el tiempo. El impacto de la trata en sus víctimas es devastador e irreparable, pues les generan serias secuelas físicas y psíquicas derivadas de la coacción y la violencia permanentes a que son sometidas, de la adquisición de enfermedades de transmisión sexual, de la realización de abortos forzados y de la propensión al alcoholismo y al consumo de estupefacientes en que son sumergidas.
La perspectiva de derechos humanos ha contribuido a generar un profundo cambio en el modo en que se reflexiona y actúa sobre la explotación de personas, centrándose fundamentalmente en las víctimas. Este enfoque requiere entender que la trata encierra un complejo ciclo en el que están en juego vastas obligaciones contraídas por los Estados en virtud del derecho internacional de los derechos humanos.
Entre estas obligaciones, se destacan las de identificar, proteger y apoyar a las víctimas; garantizar el retorno de las víctimas que hubieran sido trasladadas; asegurar un adecuado acceso a justicia para las víctimas; penalizar la trata y garantizar la eficacia de la respuesta de la justicia penal; y adoptar medidas legislativas, judiciales, administrativas y de cualquier otra índole para prevenir la trata de personas.
Además de una violación de los derechos humanos, la trata de personas es un delito. El derecho internacional exige a los Estados que, a través de la justicia penal, den una respuesta eficaz a la trata, una respuesta que ponga fin a la impunidad de los tratantes y haga justicia a las víctimas.

Con arreglo al derecho internacional, los Estados partes están obligados a penalizar la trata, los actos que la constituyen y las conductas afines. La penalización es tanto una obligación como un elemento indispensable para luchar eficazmente a nivel nacional contra la trata de personas. Los Estados que no penalizan plenamente la trata de personas incumplen su obligación de proteger a las víctimas y de prevenir la trata en el futuro.
Pero además de la tipificación formal de los delitos vinculados a esta práctica, debe crear y poner en funcionamiento las estructuras necesarias que permitan a las autoridades estatales investigar los casos de trata de personas, emprender actuaciones legales al respecto y resolverlos judicialmente con arreglo a la norma de la diligencia debida.
El Estado tiene la obligación, con arreglo al derecho nacional e internacional, de actuar con la diligencia debida para investigar, procesar y sancionar a todos los responsables del ciclo de la trata, ya sea que los autores sean particulares o agentes o funcionarios estatales, sin importar su jerarquía.
Las investigaciones deben ser completas y efectivas, lo que incluye que el Estado deba realizar todas las actuaciones necesarias y a su alcance para asegurar que se produzcan las pruebas relevantes, pero también para garantizar su conservación.
En las situaciones de trata de personas en las que se sostiene la participación directa o indirecta de agentes o funcionarios públicos, las obligaciones de investigar, procesar y sancionar se agravan severamente, pues se encuentra en juego la complicidad del Estado, la impunidad de los responsables y el funcionamiento imparcial del proceso de justicia penal.
El incumplimiento de la obligación del Estado de investigar y enjuiciar los casos de trata con la diligencia debida acrecienta el mercado ilegal, ayuda a las bandas organizadas de delincuentes a obstruir la acción de la justicia y agudiza la vulnerabilidad de las víctimas.
Además, los Estados tienen la obligación de detectar la corrupción y la complicidad relacionadas con la trata y de tomar medidas al respecto, una obligación que debe considerarse parte de la obligación más general de prevenir la trata.

Por lo expuesto es que durante nuestro gobierno al frente de la Municipalidad de Santa Rosa dictamos la Ordenanza de cierre de los cabaré (prostíbulos) que luego fue imitada en el interior de nuestra provincia y en otras ciudades del país.

FRANCISCO TORROBA, ex intendente de Santa Rosa.